Manifiesto en defensa del silvestrismo
Campaña de recogida de firmas en defensa del silvestrismo. Descargue los formularios desde aquí:
En Andalucía existe tradición de captura de aves de la familia Fringillidae para su mantenimiento en cautividad con fines de adiestramiento al canto. Esta práctica, tutelada por la Federación Andaluza de Caza, se agrupa en torno a Asociaciones o grupos silvestristas existiendo antecedentes escritos de la antigüedad en Tratados de Caza de la Edad Media. Y son, los miembros de estas sociedades, las personas que desarrollan la captura de aves del medio natural y las que reciben los permisos expedidos por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
En Andalucía, el silvestrismo se practica con ejemplares de las especies jilguero(Carduelis carduelis), verderón (Carduelis chloris) y pardillo (Carduelis cannabina). Según la Ley 8/2003 de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres y el Decreto 23/2012 de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, estas especies de aves fringílidas no se encuentran catalogadas como especies amenazadas, tampoco se encuentran entre las especies cazables, pero gozan de un régimen de protección general de conformidad con la citada ley, que en su artículo 7.2 establece la prohibición de captura en vivo de los animales silvestres. Es por lo que la mencionada Ley 8/2003, en su artículo 9.1 d) Y f), contempla la posibilidad de autorizar su captura de forma excepcional: "Cuando sea necesario por razones justificadas de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a los mismos fines"; "Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas especies silvestres en pequeñas cantidades y con limitaciones precisas para garantizar su conservación".
La captura, selección y adiestramiento al canto de estas aves, tal como tradicionalmente se viene desarrollando en Andalucía, es objeto de controversia por la interpretación que algunos sectores realizan de la legislación nacional y comunitaria en materia de conservación.
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE ESTA ACTIVIDAD
Concepto
El Silvestrismo es una modalidad deportiva consistente en la educación del canto de pardillos, jilgueros y verderones, en función de unos cánones preestablecidos, con el objeto de poder participar dichos pájaros en pruebas deportivas de carácter oficial, en las que se evalúa la calidad del cante de acuerdo con unas reglas de competición.
Regulación Deportiva
Como modalidad deportiva de carácter oficial, la regulación está adscrita a una federación deportiva, concretamente a la Federación Andaluza de Caza.
La captura
El silvestrismo también se puede definir desde el punto de vista administrativo como el arte consistente en la captura en vivo de especies canoras autorizadas (jilguero, pardillo y verderón) para su cría y educación al cante, esto último con carácter competitivo.
La captura supone para el aficionado el inicio de un proceso que 10 llevará a tener un pájaro con el que poder competir, pero esto que parece tan simple, es un largo proceso que implica el disponer de las habilidades, destrezas, conocimientos, equipos, material y autorizaciones necesarias. Los ejemplares mejor educados, de acuerdo con unos cánones técnicos preestablecidos, dirimen su supremacía en competiciones de carácter oficial organizadas por la Federación Andaluza de Caza, y las distintas federaciones autonómicas de caza.
El silvestrista dedica gran parte del año a preparar el material y los reclamos necesarios para poder capturar y así iniciar el proceso selectivo de un número reducido de ejemplares que tratará de educar en una primera fase durante al menos tres o cuatro meses, y si una vez superada esta fase los resultados fueran medianamente aceptables, iniciará una segunda fase que puede durar prácticamente otro año más y, que culminará con la obtención de un pájaro de más o menos calidad en la minoría de las veces, o con 10 que es más frecuente, su devolución al medio natural.
Control y regulación
La Federación Andaluza de Caza, en coordinación con la Administración andaluza, controla y regula en Andalucía esta modalidad, organizando todos los años una amplia programación deportiva, que culmina con la celebración de la Final del Campeonato Andaluz de Silvestrismo, prueba en la que participan los mejores pájaros de cada especie que se han ido clasificando a través de las pruebas de distinto nivel.
El pájaro que utiliza el silvestrista lo obtiene del medio natural después de haberse proveído de la correspondiente autorización que concede la Consejería de Medio Ambiente. La tramitación, obtención, disfrute y control de las autorizaciones, es una de las funciones delegadas que también hoy ejerce la Federación Andaluza de Caza, en virtud de un Convenio de Colaboración específico que al respecto ha suscrito esta con la Consejería de Medio Ambiente.
El silvestrista, y las asociaciones en las que éstos están adscritos, deben conocer la normativa adminístrativa y deportiva que regulan la actividad, entre las que destacan: la normativa general y anual de capturas y tenencia, los reglamentos y normas de competiciones y campeonatos y el Código de Canto que se aplica como parámetro de comparación para poder evaluar a cada pájaro en particular.
Se trata de una actividad, que en la actualidad, en Andalucía, cumple con todos y cada uno de los requisitos de control exigidos por la normativa de la Comunídad Europea.
Se dan controles en cuanto al número de ejemplares a extraer del medio natural, cada silvestrista ha de llevar consigo el permiso de captura, en el que se le asignan un número determinado de ejemplares, que pueden ser de las tres plumas permitidas. Estas especies son marcadas en los lugares de captura con anillas personalizadas y son relacionadas en los correspondientes permisos in situ, garantizándose así la extracción exacta de los ejemplares autorizados y facilitando de esta forma el control por los agentes de la autoridad.
Se han establecido controles sobre los lugares de captura mediante la digitalización de los mismos incluyendo las coordenadas exactas donde se realizan las extracciones todas ellas incluidas en un atlas de parajes autorizados de captura que los silvestristas deben llevar con el listado de parajes autorizados en su provincia correspondiente.
El método de captura autorizado es la red abatible, el cual ha de llevar su correspondiente marchamo o precinto de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Dichos precintos son facilitados por la propia administración y son de un solo uso suponíendo un control de las artes, ya que no se pueden extraer una vez colocados y están personalizados con el NIR de cada silvestrista coincidiendo con su permiso de capturas, legalizándose de esta forma las artes de captura utilizadas por nuestro colectivo diferenciándolas de las que no son legales conforme a la normativa vigente.
Todas las aves capturadas, son marcadas para su identificación, con anilla metálica, facilitada por la Federación Andaluza de Caza, así como, aquellos ejemplares no seleccionados, que son liberados. Se realiza un control del número de las capturas ya que durante el año se dan varios informes periódicos a la Consejería de Medio Ambiente, indicando el número de ejemplares liberados con los datos de sus anillas, sexo, etc.
Existen dos periodos autorizados de captura, uno estival (del 27 de julio al 25 de agosto, para este año 2013) y otro otoñal (del 12 de octubre al 24 de noviembre). Con un número máximo de salidas permitidas en cada periodo.
Además cada año, se tiene un cupo anual de aves autorizadas, que en los últimos años viene reduciéndose a nivel nacional considerablemente, a pesar de que organismos internacionales como Birdlife Internacional han constatado mediante estudios científicos que la población de estas especies está en franco aumento en toda Europa debido al progresivo control de los productos fitosanitarios utilizados en la agricultura que tiempo atrás habían provocado su disminución.
Como se puede observar se trata de una actividad con una serie de medidas de control, que no suponen riesgo alguno al tamaño de las poblaciones de las tres especies de captura permitidas. Y en la que se fomenta el respeto y conservación del medio natural, en la que en ningún momento se le da muerte a los ejemplares capturados.
JUSTIFICACION DE SU PRÁCTICA
El silvestrismo ha estado regulado por normativa de diversa índole administrativa en función de los órganos de la administración que han tenido las competencias y de la regulación legal aplicable a la actividad en cada momento.
Se entiende que el Silvestrismo como actividad deportivo-competitiva se asienta en los siguientes fundamentos y principios de naturaleza legal o social o medioambiental:
Constitucional
A la vista de los artículos 43.3 y 45.2 de la Constitución, la captura, crianza y educación de especies canoras, en tiempo libre, debe entenderse como un derecho reconocido en la Constitución.
Uso inocuo
La captura de pequeñas cantidades de especies canoras no perjudica seriamente la población de las mismas. La capturas permitidas no suponen ni el 0.10 % del total de las poblaciones.
Equilibrio sostenible
La actividad silvestrista, con las limitaciones de captura que se tienen, no disminuye sensiblemente las poblaciones. Por lo que se estaría dentro de los criterios de aprovechamiento equilibrado establecidos.
Costumbre, fuente de derecho
El Silvestrismo es una actividad practicada en nuestro país ininterrumpidamente, durante centenares de años. Por ello, ha de entenderse como una auténtica costumbre. Nuestro Código Civil, en su art. 1, señala que "la costumbre regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público". Teniendo en cuenta que no existe disposición legal alguna que prohíba expresamente esta práctica consuetudinaria, se debe forzosamente admitirse la práctica de la misma.
CONCLUSIONES
Primera.- La Federación Andaluza de Caza, junto con las asociaciones silvestristas que representa, abogan por la defensa de la actividad del silvestrismo como una actividad legal, compatible y respetuosa con la conservación del medio ambiente que debe ser sometida a un control exhaustivo por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y por la Federación Andaluza de Caza, para el cumplimiento de todas las normas que conllevan la práctica de la actividad.
Segunda.- El silvestrismo andaluz está formado actualmente por más de 14.000 personas repartidas en todos los pueblos de la Comunidad Andaluza, que practican dicha actividad desde tiempo inmemorial. Se trata de un grupo muy heterogéneo de andaluces, con una gran diversidad social y cultural, pero todos ellos tienen en común, el respeto y gran conocimiento de las especies autorizadas, naturaleza y la orografía de los lugares en los que capturan.
Tercera.- El silvestrismo es una actividad legal y controlada que, en la práctica, supone también un método o medio de lucha contra el furtivismo de estas especies. La continuación en la práctica de esta actividad es fundamental para controlar a los furtivos; la eliminación de esta práctica supondría un campo abierto al furtivismo que provocaría un daño irreparable a las poblaciones de estas aves, ya que no habría manera alguna de controlar dichas capturas ilegales.
Cuarta.- La actual regulación legal y la educación de los andaluces en la preservación y uso adecuado de nuestro entorno es el camino adecuado para la conservación de estas especies para las generaciones futuras. Después de muchos años de educación de este colectivo, tan numeroso como el andaluz, en la fusión de la tradición con el deporte de la competición y el respeto por nuestro rico entorno natural, la supresión de la regulación legal de la actividad para el 2018 propuesta por el MAGRAMA sería volver a tiempos antiguos donde camparía el descontrol y el uso abusivo del medio rural que quedaría reservado a furtivos y personas irrespetuosas con el medio ambiente.
Quinta.- El silvestrismo forma parte del patrimonio sociocultural de Andalucía siendo merecedor del esfuerzo de las administraciones local, autonómica y nacional para su defensa y su conservación.
Fuente: www.fac.es FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA