Debido a los acontecimientos recientes ocurridos en alguna asociacion de pajareros en Cataluña quiero, con estas líneas expresar mi parecer.
Nada nuevo, sino que simplemente aplicación de la ley que muchos no quieren conocer, me explico:
El pertenecer a una asociación, no es suficiente para tener pájaros (jilgueros, verderones, pardillos) legales, ni en Cataluña ni en cualquier otro lugar de España. (Por desgracia para los compañeros catalanes, todo lo que se parezca o que haya semejante a lo que se hace en el resto de España es algo a dejar morir desde la instituciones, 🤔 documentos de 2018, no hay nada más por legislar para la cria en cautividad?, lastima por la Pega.)
1. Si que es posible (obtener legalidad) a través de la Generalitat que proporciona anillas CAT., para los criadores federados en la Federación Catalana de Caza de la Generalitat, al igual que en Andalucia (caso aplicable para mí) lo es la FAC (Federación Andaluza de Caza, y que las proporciona también a traves de asociaciones como en Cataluña, esto si tienes la Tarjeta Federativa de Silvestrismo, la antigua licencia de capturas que eso sí, se renueva anualmente).
No voy a explicar lo que ya cualquier criador debiera de conocer, sobre cuales son las diferencias entre estas dos Federaciones Oficiales dependientes de Organismos Oficiales de Comunidad Autónoma, al igual que otras Comunidades Autónomas poseen, (aunque creo que los andaluces y debido al número de afiliados, y a la sensibilidad que siempre existió, es que estamos algo más protegidos y se nos han dado salidas y soluciones para quien ha querido) con las otras federaciones de cria de canaricultura de toda la vida, pertenecientes a COMESP, llámense FOE, FOA, FOCDE, FOAC, FOCATALANA, FOCVA, etc.
(Para garantizar y acreditar la tenencia legal de caderneras (Carduelis carduelis), passerells (Carduelis cannabina), pinsans (Fringila coelebs) y verdums (Carduelis chloris), los poseedores deben conservar las autorizaciones excepcionales de captura de los años 2009, 2011, 2014 y 2015, tener los ejemplares anillados con anillas oficiales de la Generalidad de Cataluña o bien acreditar documentalmente la legal procedencia de dichos ejemplares en caso de que provengan de otras CCAA o bien de otros países de la UE (extraído de escrito de la Federación Catalana de Caza) escrito de la Generalitat puedes ver en PDF a continuación: Dirección General de Políticas Ambientales de la Generalitat de Catalunya.)
2. La otra opción legal en España es que los pájaros además de estar anillados reglamentariamente, sean nacidos, criados y/o cedidos con documento de cesión de NÚCLEO ZOOLÓGICO que es quien únicamente puede ceder o vender un pájaro según la normativa actual.
La gente, los criadores, confunden el tener un pájaro anillado, con anilla legal e identificada, con la legalidad del pájaro, (pero NO, esto no es así). Lo uno (la anilla legal) ayuda a lo otro (identificación del pájaro y propietario), solo la procedencia de la anilla como he explicado y/o la legalidad de quién anilla determina esa legalidad y si puede o no emitir documento de cesión (solo los NÚCLEOS ZOOLÓGICOS).
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